La única muerte legítima es aquella que se ha legalizado. Durante el claroscuro del Siglo XVI, entre la neblina del cristianismo hegemónico, los pueblos Alemanes se engrían de seguridad a la justicia. Epíteto máximo de fe. ¿Cuál es la naturaleza de su ufano? La actitud avasallante tomada frente a los demonios del mundo. La seguridad de la humanidad estaba en peligro frente a los aterradores espectros que invadían sus casas, hurtando el alma de los infantes, colapsando las cosechas, arruinando el devenir. ¿Qué clase de creatura era la responsable? El mundo ordenado, el mundo de Dios, no puede permitir la existencia de tan execrable sustancia. Y evidentemente, no sucede así. El origen del mal no es la naturaleza humana, sino la injerencia diabólica. Las brujas surgen gracias a la participación ritualista del diablo. Una mujer cualquiera, con características generales, mundana, cotidiana; decide, de un momento a otro, usurpar el justo medio de facultades otorgado por el creador, aliándose a la temible oscuridad para, sacrificando su alma y tributando su cuerpo, enaltecer su beatitud y obtener ganancias mágicas. El poder infernal de traspasar los límites planteados a la humanidad las aleja de Dios. El deber de todo buen cristiano es reconstruir la armonía del mundo, restaurar la bondad, enorgullecer el nombre de Dios. ¿Cómo? Hay que erradicar de la faz de la tierra a las brujas. Pero, el asesinato es castigado por mandato divino. Sin embargo, Dios sabe tanto de jurisprudencia como de arquitectura. El que está lejos de Dios puede ser reorientado a su gracia a través de abandonar su pecaminoso cuerpo, expiando su alma a través del sufrimiento.
Sin embargo, somos seres racionales. Descartes, dando un salto histórico, lo menciona. La razón es la capacidad para comprender, lógicamente, la creación del Ser, gobernarla, nombrarla y contactarla. La razón se manifiesta como escritura para permanecer en la eternidad. Las normas idealizan el deber ser: la bondad, la justicia, la seguridad; a través de la coacción, la sanción, la coercibilidad. Digamos que cada sistema jurídico se sustenta en un concepto, un nódulo apremiante, que lo anuda y funge como batería de movilidad. Cuando se escribe el martillo de las brujas se hace a partir de la razón y el concepto de Fe. Articula una serie de normas y penas en contra de aquella sustancia maligna que aqueja a la normalidad de la sociedad. Cada coerción realizada sobre los cuerpos de las excepciones a ley se ancla a la realidad por medio de la legitimación jurídica. El ejercicio de la violencia, la tortura, el suplicio: no son hechos atípicos y punibles, sino ordenamientos, mandatos divinos, sustraídos de las sacras escrituras, que sustentan el acto de fe. Pasará como en las cruzadas, asesinar en nombre de Dios no es delito, ni es punible, es un acto de lealtad ante el divino. La percepción general no interviene en la trama pues el acontecer tiene la finalidad de socavar las amenazas de las tinieblas. Si algo entendemos del martillo de las brujas, es que hallando un concepto jurídico que sustenta el andamiaje del sistema, toda norma producida, coordinada al engranaje de poder, tendrá un efecto en la vida misma. El derecho es históricamente construido a partir de la categorización sociocultural de sus conceptos determinantes. Sustento de la purga que se realizó sobre la humanidad.
Las preguntas a priori preceden al formalismo: ¿qué es una bruja? La valorización de la respuesta moraliza y crea principios y enunciados éticos: las brujas son malas. El poder otorga facultades y penas para que los juzgadores actúen: las brujas serán sancionadas con la horca. Bastante intrigante, e irónico, que la condena dictada en Núremberg sea la horca. En el periodo postguerra la pregunta base es: ¿qué es un nazi? Esta pregunta es el fundamento de las figuras discursivas persecutorias, juzgadoras y coaccionadoras que tuvieron lugar de instituirse en los juicios de Núremberg. Lo más evidente es que el castigo debe existir en relación de necesidad con el concepto de delincuente que forjaron. El nazi es el hombre irracional al que le hace falta conciencia moral de entender que lo que hacía estaba mal. Arendt, Freud o Husserl no podrían estar más en desacuerdo con tal postura. La conciencia moral no es una conciencia racional a priori. Los argumentos usados por el bloque vencedor son claramente argumentos ideológicos, retóricos, que cumplen la labor de encuadrar la metonimia entre NacionalSocialista y genocida. Y no sólo convencer al público internacional de ello sino discriminar y discernir acerca de la paga que debían otorgarse al mundo por sus atrocidades.
Lo que nos hace hombres es la misma facultad con la que creamos derecho: la razón. Hanna Arendt, menciona que está cualidad es la culpable de volvernos los animales más peligrosos del mundo. El derecho, como las armas, son instrumentos constituidos desde las ideas. La diferencia es que uno reposa en la dimensión de lo material el otro permanece inmanente a la idealidad; lo que los sincretiza es su experiencia en la realidad, ambos tienen efectos concluyentes. Misma autora menciona que cuando creemos que las condiciones pueden cambiar ero no lo hacen, respondemos con furia. Cuando nuestro sentido de justicia es violentado. Cuando la furia se encuadra a la racionalidad es cuando surge la violencia. Actos metódicos y estructurados aplicados a dañar a los otros con la finalidad de defender algo propio. Diría Kelsen que la Justicia depende del contexto y cada sujeto de su propio discurso justo lo defenderá con toda su fuerza. Todo lo dicho tiene un peso al plasmarse como ley, lo cual es dinámica y se acopla a las necesidades del momento. Con ello se ajusta a la sociedad. Claro, la individualidad es menos peligrosa que la colectividad. La violencia, retomando lo dicho al principio, puede ser promovida por el derecho; siempre y cuando tenga una justificación moral. Sí, moral. Moral por el hecho, ya descrito por Nietzsche, de que interpreta fenómenos, no los describe. La postura del Ser social frente a la situación determina a la situación y su entendimiento.
Antes de indagar sobre el concepto jurídico central hay que detallar el contexto de nuestro objeto de estudio. La posguerra. Es innecesario argumentar la relación de la política con el derecho, sin embargo, hay que mencionar que aquí manejo una postura. Para Schmitt, teórico NacionalSocialista, la esencia de la política es la distinción entre amigos y enemigos. Con estas categorías se enmarca la relación entre Estados –porque sí, para Schmitt lo político es eminentemente un asunto estatal- en su condición de unión o desunión. El enemigo no tiene que ser ni malo, ni feo, ni torpe, ni idiota; debe de ser, solamente, otro, de una manera muy intensiva. Este enemigo no debe ser enemigo personal, sino un enemigo público, el cual atraiga el odio de las masas. Para los alemanes fueron los judíos, para Venezuela fue el Imperialismo Yankee, para los Americanos fue el comunismo, el narcotráfico, el ISIS, los inmigrantes y una interminable lista de etcéteras. Este ámbito debe quedar registrado normativamente, en la constitución. Tal cuestión genera una identidad en la sociedad. En consonancia a Deleuze, la multplicidad y la diferencia con la que se encuentra el ser social forma una identidad que totaliza su existencia. Esta totalidad, siguiendo a Levinas, encierra y encuentra la existencia. La demarcación que nace gracias a la diferencia, queda oscurecida y rechazada por el imaginario de la totalidad que se es. El concepto de amigo (el que forma parte de mi totalidad) y enemigo (la multiplicidad externa) queda tatuada en la subjetividad de los hombres.
En la existencia de diferencias debe existir un concepto mediador: la Paz. Es claro como los organismos internacionales producto de la finalización de la segunda guerra mundial parecen seguir las premisas y disertaciones Kanteanas encontradas en la Paz Perpetua. Ya no se trata de una paz individual, sino multiestatal. El estado de los seres estatales en ausencia de una normatividad que los regules es análogo al estado natural de los hombres, es decir, una constante de guerra. Cuestión aprendida en ese mismo siglo y continuada hasta la guerra fría. La legitimidad de los juicios es testimonio del panorama mundial. Las grandes ideologías se dividían el mundo. La necesidad de crear un enemigo en común para que no hubiera espacio para nuevas formulaciones, distintas a las existentes, se funda en la necesidad de Paz. El mundo bipolar es más funcional. La existencia de una tercera posición, que ha demostrado gran capacidad de desarrollo y poderío militar, debe ser enarbolado fuera del mundo.
Antes de la Guerra, las condiciones internacionales estaban en favor al NacionalSocialismo, Hitler fue nombrado persona del año por la revista Times. Evidentemente, el contexto global se beneficiaba del crecimiento de Alemania.
Para encontrar el concepto jurídico fundamental hay que realizar una lectura sintomática althusseriana del contexto de producción. Antes de ello hay que aclarar que mi concepción de “concepto jurídico fundamental” no hace referencia a la costumbre dictada por la doctrina de la cual tanto dudo. El concepto jurídico fundamental es lo que hasta ahora he venido llamando cono el concepto central. Como en Orgullo y Prejuicio, todo gira alrededor de una palabra que está oculta –invisible dentro de lo visible, sin embargo, presente en lo presente-, en lo latente del decurso de las sílabas. En la época de la cacería de brujas era la fe, en el Estado NacionalSocialista era la raza, en la actualidad pareciera ser la economía. Tal concepto es el hilo conductor de la conciencia, la lámpara intencional de interpretación jurídica. El concepto jurídico fundamental está anclado al lenguaje y la cultura: le da sustancia al sistema judicial, es como el alma del cuerpo normativo. Sin embargo, antes de caracterizar el fundamento ontológico del derecho, debemos entender la articulación entre conceptos que permite y sostiene su aplicación. La conciencia, en su dimensión ética, confluyen dentro de sí: el deber, la virtud y la voluntad.
Así como toda conciencia es conciencia de algo, todo deber es deber de alguien. El sujeto es intencional hacia el deber. El deber también es un objeto de conciencia. Como objeto no pertenece al campo fenoménico externo, sino al inmanente, es decir, es un objeto ideal. Al ser ideal pertenece al registro de lo Imaginario. Para Lacan lo imaginario es lo senso-percceptual. El deber ser es un registro fantasioso de un ideal del yo al que debemos acoplarnos. Es un traje en el cual debemos caber. Esta medida es impuesta por nosotros mismos. Para Kant, la conciencia de deber proviene del hombre mismo, es una conciencia ideal autónoma que el hombre se otorga a sí mismo y se obliga a ella por voluntad. Evidentemente, tal registro no es una producción pura del entendimiento, sino parte de un objeto trascendente. Para Castoriadis, los imaginarios sociales son introyectados por el sujeto y se condensan con las experiencias cotidianas, formando esquemas de saber que sujetan al individuo. Estos introyectos se representan en el entendimiento del sujeto y aparecen ante su conciencia como simulaciones de deseos volitivos personales. Él se obliga a llevarlos a cabo pues su margen de decisión se inunda por el deseo. Él desea ser eso que ve como ideal. Su voluntad se encarga de impulsarlo a repetir, compulsivamente, ciertas acciones y rituales que surgen del ideal. Su virtud es eso, una costumbre de actos que están evaluados de manera generosa por parte de la sociedad.
Evidentemente, la validez que se otorga a la norma es un hecho eminentemente contextual. La validez existe cuando se relaciona la norma con la subjetividad general acerca de los imaginarios sociales sobre el “deber”, es decir, el derecho. Cuando se crea un correlato entre lo factual y lo formal es cuando hay validez. De aquí surge el sistema jurídico. Podemos pecar de supersticiosos y pensar que el movimiento subjetivo de la sociedad están controlado por la mano invisible Smithiana. Sin embargo, por cuestiones de positivización científica hay que aclarar que los imaginarios sociales provienen de las costumbres y creencias sociales que se anclan a través de las narrativas inspiradas desde las instituciones. No vamos a considerar a una institución como la materialidad de un imaginario. Ya sea como movimiento social, discurso científico, ministerio de gobierno, novela fantástica o albur. Y disculpándome por el circulo in probando de la constitución/constituyente de imaginario-institución-imaginario-institución, he de decir que a rastreo histórico del origen de lo instituido y lo instituyente es como la búsqueda, paradójica, de saber si fue primero el huevo o la gallina. Pese a que la ciencia ya da una respuesta a la segunda problemática, la primera está carente de pruebas objetivas que muestren su condición originaria. A falta de tales elementos, hay que vivir bajo el cobijo de la falacia.
Los imaginarios sociales y las instituciones dan cohesión frente a la multiplicidad global, formando una identidad nacional. El sujeto está
inmerso y se conforma a través de su experiencia. Sus juicios razonables están sujetos a los usos lingüísticos de significados atribuidos a hechos en específico. Estos usos crean ideales que a su vez devienen normas, por lo tanto, sistemas de inclusión/exclusión. Exclusión normativa que es traducible a coerción, es decir, penitencia. Esto dicta que todo aquello que está fuera de la ley es contrario a la normal y es castigado. Si alguien asesina, cuando el homicidio es valorado negativamente, es condenado. Hay que ser un sujeto anormal para trasgredir las propias leyes. Todo tiene una justificación y no surge del vacío. Dice Hitler, en Mein Kampf, “De esta convicción surgieron para nosotros
los principios básicos y la doctrina del nuevo Movimiento; persuadidos como estábamos de nuestras concepciones, esas ideas eran las únicas capaces de detener la decadencia del pueblo alemán y, a la vez, construir la base granítica sobre la cual podría un día edificarse un Estado que no fuera un mecanismo de intereses económicos extraño a nuestro ser, sino un organismo representativo de nuestro pueblo: ¡un estado germánico de la nación alemana!” Podemos identificar que la nación es un concepto ideal que aglutina la subjetividad del pueblo alemán. Esa es su identidad, su nación.
“La nación es la causa que defiende, es aquello que defiende cuando defender algo es lo más difícil.” Al defender a la nación defiende algo propio. El pueblo se une en la inversión tautológica formada por la ideología. Se invierte puesto que la ideología les da elementos para interpretar condiciones objetivas y materiales de la vida del pueblo que van en contrario a lo que se pensaba anteriormente. La situación, diría Gadamer, no determina al sujeto, sino la postura que tiene frente a la situación. Su postura es efecto de la ideología general. Por un lado defiende aquello que es en su ideal la nación y por otro lado huye al castigo que la misma nación puede otorgarle. Es como el superyó freudiano, al incumplir con los mandatos necesarios para lograr que el sujeto psíquico alcance al sujeto simbólico, castiga al sujeto. Pero a diferencia de la política económica psíquica del sujeto individual, la nación no ejerce su castigo hacia el mundo interno del sujeto, sino a su cuerpo, en forma de anatomopolítica.
Hasta aquí notamos que poner en juego la emergencia de un juicio jurídico crea, insoslayablemente, un puente hacia la estructura político-ideológico-social que sustenta su existencia misma. Los sujetos no son sujetos trascendentes sino cognoscitivos. El sujeto nace como una tabula rasa que al irse llenando es capaz de abstraer su contenido. En los alegatos iniciales del juicio, la postura americana es argüir a la conciencia absoluta de justicia anterior a las concepciones de la ideología NacionalSocialista. Postura idealista que sustentará posteriormente los actos de los juzgadores aliados. Al correr del final del juicio, el juez menciona que el acto de maldad se consuma cuando el primer hombre inocente es condenado a muerte. Habrá que preguntar ¿inocente hacia las leyes, ante Dios, ante su conciencia? Su premisa –protestante y pragmática, característica de la hegemonía ideológica de los Estadounidenses- arte de la ideología.
“El derecho penal, en toda nación civilizada, tiene un principio común: cualquier persona que induce a otra a cometer asesinato, cualquier persona que provee a otra de medios para poder consumar el crimen, cualquier persona que actúa de cómplice de un crimen, es culpable.” El punto central de todo el juicio fue el respeto y dignidad del ser humano, in abstracto, la humanidad. Cuestión que nos arroja directamente a las argumentaciones de Sloterdijk. ¿A partir de qué se considera lo humano? Se toma como analogía la postura del Imperio Romano. La humanidad es la civilizada, la civilizada es aquella que ha ingresado al mundo civil, mundo formado por al aparato romano. La concepción y categorización de “crimen contra la humanidad” es esencialmente una proposición ideológica. Ideología que deviene legalidad. Lo humano es una categorización, es decir un recorte. Sería imposible conjugar en una sola emisión lingüística el significado completo de lo que significa ser humano, así que se recogen un cúmulo de cualidades pertenecientes y confluyen en la palabra, que no lo abarca todo. Es cómo una lupa. Imaginemos que el vidrio es la palabra y la superficie que observa es el significado. La lupa, al moverse, no contiene lo mismo, pero hace referencia a la misma superficie. Lo humano depende de la postura de la formulación, de la sintaxis en la que se usa, de la estructura sintagmática. Tal estructura sintagmática está organizada desde los ámbitos de los usos y estos a su vez anclados a la ideología.
Al no existir una norma vigente que acoplara los hechos se tuvo que recurrir a la improvisación de una, sustentada en el concepto de humanidad y acoplando los conceptos fundamentales a ella. El deber, la voluntad y la virtud de la conciencia existen al servicio de la humanidad y está conciencia es consciente de la justicia, la seguridad, la bondad y la legalidad de sus actos, los cuales deben estar en concordancia con la humanidad. El enunciado anterior es un enunciado filosófico, exegético, ideal. Hay un sistema, un imaginario social. Este imaginario parte de las ideologías de los aliados y encarna a los juzgados. Dispositivo que ejerce poder y sustenta ese ejercicio por los saberes que corren dentro de sí. Lo que castiga es la exclusión de la paz hacia la humanidad, es decir, los crímenes. Cuando los fenómenos socioconductuales del Estado, en su individualización al sujeto, son encuadrados como crímenes en contra de la humanidad, la retórica cumple su objetivo y el derecho es capaz de ejercer acción contra los imputados.
Regresemos al principio. Antes del «Martillo de las brujas» no existía un castigo hacia las brujas. Cuando es creado, un dispositivo (en este caso el Santo Oficio) lleva tales saberes a la verdad y realidad del contexto, ejerciendo poder a todo aquel que no cree y no sigue los preceptos aceptados por la generalidad de la estructura. Se formaliza como ley, se ejecuta como penalidad. Dota de sentidos cualidades específicas del campo fenoménico. Si alguien asevera que vio a una mujer transformarse en gato, la sociedad piensa lo mismo. Se le juzga como bruja a esa mujer. Sea o no sea, su existencia se llena del significado. Este sujeto acusado se vuelve significante y portador de hechicería. Entonces, la brujería existe, pues hay un significante que lo soporta. La bruja es la que está en contra del concepto jurídico fundamental considerado bien tutelado por el Estado: la fe. Todo se hace en defensa de la humanidad.
Esto es una clara analogía sobre lo acontecido en los juicios de Núremberg. Mezquindad de los aliados al ejercer la erradicación de sus enemigos operantes e inmediatos. Los hechos son similares a lo que ahora consideramos una atrocidad. Enviar a la horca a sujetos que seguían lo que en su patria era ley. Si su conducta hubiese variado durante el régimen del Tercer Reich, es probable que su destino hubiera sido la muerte. Estaban condenados a la muerte de cualquier modo, frente a cualquier posibilidad. Aunque, encausándonos al existencialismo Heideggariano, la posibilidad incluida en toda existencia es la muerte. Cuestión que era de dominio público, y bien aterrizado, por todos los alemanes. Ellos cumplían un deber que su conciencia demanda. No es casualidad que los Alemanes, filosóficamente, están influenciados por Husserl, Freud, Heidegger, Hegel; mientras las concepciones de conciencia Americanas estaban permeadas por el calvinismo de Edwards y el pragmatismo de Dewey. Los juicios son testimonio de la tesis defendida en el texto: el derecho está sujeto a los significantes nodulares históricos y socialmente determinador. Si la conciencia moral fuera trascendente y ahistóricamente intencional hacia el cuidado de la humanidad ¿Cuál es la explicación racional (cartesiana, pues no hemos superado la modernidad) del discurso final de Hess? El papel de la filosofía en el Derecho no se debe resumir a conceptualizar palabras rimbombantes que justifiquen la petulancia de los juzgadores. Su papel debe ser cuestionar y criticar la ciencia /técnica/ del Derecho. Y retomo un fragmento final realizando la pregunta ¿la irracionalidad está ligada, forzosamente, a la criminalidad?
Por muchos años de mi vida pude trabajar bajo el mayor hijo que haya producido mi pueblo en su historia de mil años. Ni siquiera, si lo quisiera, podría borrar este periodo de mi existencia. Me siento feliz de saber que he cumplido con mí deber para con mi pueblo; mi deber como alemán; mi deber como NacionalSocialista; como leal seguidor de mi Führer. No me arrepiento de nada. Si tuviera que comenzar de nuevo actuaría tal como he actuado, inclusive si supiera que al final me esperase una feroz muerte en la hoguera. No importa lo que me hagan los hombres, algún día estaré ante el trono del Juez Eterno. Ante él me responsabilizaré y sé que él me declarará inocente.”
Acerca del autor: Ricardo Ivan Vázquez López. Nacido en México D.F. 1993 Estudiante de Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM y estudiante de Psicología por el Instituto Politécnico Nacional. Ha publicado en Revista Digital “Estepario”, Revista digital “Symposium”, Periódico digital Tmposmodernos.